18 de marzo de 2010

No al Pago de la Deuda odiosa y eterna

Deuda odiosa


Una “deuda odiosa”, constituye toda deuda contraída sin el consentimiento del pueblo, cuyos fondos se utilizan para el sometimiento del mismo y no su beneficio, como además el sostenimiento de un régimen de facto.

El primer antecedente del concepto aparece en el Estatuto Provisional sancionado por el General San Martín en 1821, en el cual quedaron expresadas las siguientes palabras sabias: “Toda deuda contraída para someter al Perú o en contra de la libertad de los pueblos de nuestro continente, deben ser rechazada cualquiera fuera su pretendido acreedor”...

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